Pensión por discapacidad - Pension no contributiva
Pensión por invalidez
EN QUÉ CONSISTE
Solicitar una pensión no contributiva por invalidez.
Esta pensión se puede entregar de acuerdo a la Ley Nº 18.910 Decreto 432/97.
Está dirigida a aquellas personas en estado de vulnerabilidad social que se encuentran sin amparo previsional o no contributivo, no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo.
Este tipo de pensiones no requieren aportes o cotización para su otorgamiento.
Esta pensión se puede entregar de acuerdo a la Ley Nº 18.910 Decreto 432/97.
Está dirigida a aquellas personas en estado de vulnerabilidad social que se encuentran sin amparo previsional o no contributivo, no posean bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos se encuentren impedidos para poder hacerlo.
Este tipo de pensiones no requieren aportes o cotización para su otorgamiento.
CÓMO SE HACE
1.- Iniciar el trámite en el Centro de Atención Local o Centro de Referencia más cercano, con su DNI.
Consulte la Pensión no contributiva que le corresponda.
2.- Efectuar la encuesta socio-económica mediante la cual un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, realizará un estudio socio ambiental solicitando la documentación respaldatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento establecido en cada una de las normativas que regulan este tipo de pensión no contributiva.
3.- La Comisión de Pensiones Asistenciales solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición del solicitante respecto de pensión, jubilación en orden nacional, provincial y/o municipal y su condición de activo, como así también los antecedentes sobre bienes inmuebles del solicitante, cónyuge o concubino/a emitida por organismos provinciales y municipales competentes.
Consulte la Pensión no contributiva que le corresponda.
2.- Efectuar la encuesta socio-económica mediante la cual un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, realizará un estudio socio ambiental solicitando la documentación respaldatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento establecido en cada una de las normativas que regulan este tipo de pensión no contributiva.
3.- La Comisión de Pensiones Asistenciales solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición del solicitante respecto de pensión, jubilación en orden nacional, provincial y/o municipal y su condición de activo, como así también los antecedentes sobre bienes inmuebles del solicitante, cónyuge o concubino/a emitida por organismos provinciales y municipales competentes.
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Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales.
Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00 hs.4379-4800 Conmutador
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