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¿Quiénes pueden cobrarla?
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DESOCUPADOS
(Aquellos que no
perciban ninguna suma de dinero en concepto de Prestaciones
Contributivas o No Contributivas,Subsidios, Planes, Jubilaciones,
Pensiones, etc.)
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TRABAJADORES NO REGISTRADOS
(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )
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SERVICIO DOMÉSTICO
(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )
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MONOTRIBUTISTA SOCIALES
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Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador,
guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado( por
ejemplo un abuelo, un tío, hermano mayor de 18 años), por cada menor de
dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad
cuando se trate de un discapacitado, privilegiando a la mamá. La
asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños.
Cuando las Asignaciones Universales hubiesen sido
percibidas indebidamente, ANSES procederá a descontar los importes
respectivos en forma mensual. Automáticamente, se compensará con las
restantes asignaciones universales o familiares que le corresponda
percibir al beneficiario/titular hasta el límite de las mismas, y hasta
cubrir el total de la deuda.
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Incompatibilidad con programas y planes sociales
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El Árticulo 9º del Decreto 1602/09 detarmina que: " La
percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto
resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en
Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales,
Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las
prestaciones de las Leyes Nros. 24.013, 24.241 y 24.714 y sus
respectivas modificatorias y complementarias."
ANSES firmó Convenios de Cooperación para la Asignación
Universal por Hijo, con todas las provincias.* El mismo tiene como
objetivo el intercambio de información a fin de conformar un registro
consistente para la implementación efectiva del cobro de la prestacióny
determinar las posibles incompatibilidades.
En caso de no liquidación de la Asignación Universal por
Hijo por figurar como beneficiario de algún Plan/Programa, el reclamo
debe efectuarse ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
a los efectos de que éste actualice la información que mensualmente
debe brindar a ANSES. El beneficiario deberá evaluar los requisitos y
las características de la Asignación Universal por Hijo, con
anterioridad a la baja del Programa/Plan que actualmente recibe de la
Ciudad.
*Con excepción de la provincia de San Luis.
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¿Qué requisitos se deben cumplir?
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EL TITULAR
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Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
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Residir en el país.
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Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
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Figurar en la Base de Personas de ANSES
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Que sus hijos figuren en la Base de Personas de ANSES relacionados con el titular.
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EL HIJO
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Tener menos de 18 años de edad.
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Ser
hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda,
tutela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º
grado (abuelo, tío, hermano)
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Ser soltero.
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Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
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Residir en el país.
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Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
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Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
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EL HIJO CON DISCAPACIDAD
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No tiene límite de edad.
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Ser soltero.
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Ser
hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda,
tutela, o Curatela a la Persona, o estar a cargo de un pariente por
consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).
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Cuando
el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni
curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por
consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos
de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o
reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de
Sentencia o Información Sumaria.
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Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.
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Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
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Residir en el país.
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Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
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Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.
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La existencia de menores de 18 años y
discapacitados que no cumplan las condiciones para generar el derecho
al cobro de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social,
cualquiera fuere el motivo, no impedirá el cobro de la prestación a las
personas que lo tienen a su cargo por el resto de los integrantes del
grupo familiar en condiciones de percibirlo.
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¿Cuánto se pagará?
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Por Hijo, el monto de la prestación es de $280 por mes :
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$270
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Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:
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$216
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(80%) se percibirá directamente
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$54
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(20%)
restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero
sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño
concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de
vacunación, al presentar la Libreta de Seguridad Social. >>
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Por Hijo con Discapacidad el monto de la prestación es de $1080 por mes :
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$1080
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Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:
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$864
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(80%) se percibirá directamente
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$216
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(20%)
restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero
sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño
concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de
vacunación.
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Para cobrar esta asignación, el titular deberá presentar anualmente
la Libreta Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación,
en la que los profesionales de la salud y educación registrarán, los
controles médicos, los esquemas de vacunación, la inscripción al Plan
Nacer y la asistencia a la escuela.
Para más información al respecto, ingrese aquí >>
Fuente: http://www.anses.gob.ar/AAFF_HIJO2/
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