
Fuente: http://www.datasantafeonline.com/noticia.php?noticia_id=10411
COMUNICADO Nº 377/08 -
LA FUNDACION ARGENTINA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD –FUNDADISC FILIAL SANTA FE informa que el COMFER en forma resolutiva a establecido “…la obligación para los licenciatarios de señales de televisión abierta de brindar toda la programación con Subtítulos Ocultos Opcionales. (Closed Caption)…”, poniendo así fin a una lucha ardua que lleva ya muchos años.
Considerando que los discapacitados auditivos son, ante todo, PERSONAS con pleno derecho, día a dia continuamos corroborando como los licitatarios de señales de televisión abierta aplican criterios discriminatorios, impiden el acceso a la información, la cultura, el entretenimiento y la educación
Que, es oportuno informarle a nuestra sociedad que la República Argentina ha adherido a los términos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en la cual se establece que “…los Estados Partes se comprometen a ….. tomar todas las medidas apropiadas, incluso medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad; …..adoptarán medidas apropiadas para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en pie de igualdad con otras personas, …a la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones…”
Que, si bien se establece “un plazo de 90 (noventa) días para implementar dicho sistema para la transmisión de programas grabados y de UN año para la implementación del sistema para los programas que se transmiten en vivo”, CONSIDERAMOS que las garantías ofrecidas por el COMFER desde el mismo ESTADO NACIONAL, para el subtitulado en idioma nacional de las transmisiones televisivas con el sistema de texto escondido,merecen un apoyo masivo empresarial, seria loable también que todas las empresas insertas en el territorio santafesino se hiciesen eco solidario y absoluto de aplicación inmediata de dicha norma legal.
Seria interesante , que la Provincia de Santa Fe pudiese comenzar a dar un claro ejemplo de inclusión social sin entrar en la excusa empresarial de que ello implica mayores costos operativos , máxime si se considera que el incumplimiento de la presente resolución está considerado como falta grave”.
Además, es bueno recalcar que la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, refleja el compromiso de los Estados Partes , de colaborar de manera activa en el desarrollo de medios y recursos diseñados para facilitar o promover la vida independiente, autosuficiencia e integración total, en condiciones de igualdad, de las personas con discapacidad.
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